Ramfis Trujillo: Las aspiraciones vistas desde el marco de la ley
Héctor Rolando Santana (M.A.) Rafael Álvarez (M.A.)
Santo Domingo,
10 de diciembre, 2017:
Desde
el 8 de diciembre ha calado a los medios de comunicación las aspiraciones
presidenciales de Ramfis Leonidas Trujillo (Nieto). Sus aspiraciones han
suscitado el respaldo de quienes idealizan la dictadura y el rechazo de una población cicatrizada por
la dictadura de su abuelo.
Más
allá de los sentimientos encontrados,
resulta interesante sistematizar el
marco legal en el que se podrían sustentar las aspiraciones de Ramfis Leonidas
(Nieto) y presentar algunos antecedentes que lo pueden explicar.
Presidentes y
su relación con el extranjero:
Ningún
nacido en otra tierra es responsable de la trayectoria de sus padres, aunque
esto no implique cargar con el peso de su accionar. De manera que, a partir de
esta premisa, negarle los derechos comunes a todo dominicano, no es más que
comprometerlos ante el accionar de sus antecesores.
Más
allá del plano interpretativo está el plano legal, que determina, identifica,
incluye y delimita que solo los
dominicanos de nacimiento u origen[1] pueden
aspirar a la primera magistratura.
Aunque
resulta interesante aclarar que, en períodos pre y post independencia
existieron personas nacidas en el exterior que accedieron a la presidencia de
la República Dominicana.
Presidentes
que nacieron en el extranjero:
NOMBRE
|
LUGAR DE NACIMIENTO
|
PERÍODO
|
SITUACIÓN POLÍTICA
|
Manuel
Jiménez González
|
Cuba
|
1808
|
Anexionista
de Pedro Santana
|
Pepillo
Salcedo
|
Madrid
|
1815
|
Presidente
del Gobierno Restaurador
|
Buenaventura
Báez Machado
|
Puerto Rico
|
1820
|
Llega
a la presidencia por medio de una farsa electoral
|
Alfred
Deetjen Merecette
|
Haití
|
1879
|
Capitulaciones
de los Haitianos
|
Marco legal y aspiraciones presidenciales
Conforme
al Art. 124 de la Constitución Dominicana el presidente debe ser electo cada
cuatro años. Mientras que el Art. 123 contempla como requisito la
dominicanidad nacimiento u origen, tener
treinta años de edad, no ser actualmente militar o haberlo sido durante los tres
años previos a las elecciones, además de estar en pleno ejercicio de los
derechos civiles y políticos. Visto desde la constitución, Ramfis está
habilitado para aspirar a la presidencia de la República. (Constitución Dominicana, 2010)
Pero
existen otras acepciones que le inhabilitan, como lo es la ley 5880 del año
1962, que establece la prohibición de toda acción que rememore a la dictadura.
Así lo establece el Art. 1 de dicha ley:
“Toda
persona que alabe o exalte a los
Trujillo o su régimen tiránico, en alta
voz, o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o
epistolares, dibujos, impresos, grabados, pinturas o
emblemas se considerará
y juzgará como autor
de delito contra la paz
y la seguridad públicas y será
castigada con prisión de diez días a un
año o multa de diez a quinientos pesos oro o con ambas penas a la vez. Párrafo.-
En iguales penas incurrirán los que
formen parte de grupos o reuniones destinados
a los fines arriba indicados o los que hagan
circular rumores relativos a1 posible restablecimiento del régimen de los
Trujillo, por estar este en pugna con el sistema democrático establecido por la Constitución de
la República”. (Ley 5880: Que establece penas
contra las alabanzas al pasado regimen tíranico y antidemocríatico de Trujillo
, 1962, págs. 1-2)
Siendo reafirmada por la resolución que
establece:
“Ordenamos
a todos los ministerios públicos a nivel nacional que tomen todas las medidas
necesarias para prohibir todas las manifestaciones tendentes a exaltar,
promocionar, promover y reivindicar la imagen de Rafael Leonidas Trujillo
Molina, hasta tanto devenga una disposición judicial o legislativa que exprese
lo contrario”. (Resolución 038-2010-000111b).
Ante
esta prohibición, en el año 2013, el
mismo Ramfis, elevó una solicitud para que se declare la no vigencia de la ley
5880, bajo el entendido de que la Constitución del 2010 la relegaba, siendo
rechazado por la Procuraduría General de la República en la persona de
Francisco Domínguez Brito, bajo la resolución
0001140. Además a todo esto se le suman los siguientes casos:
a)
El Rechazo a la presentación del libro de Angelita Trujillo
(2010). Resultó ser prohibida por la Resolución 038-2010-000111b
de la PGR
b)
Choques entre la Fundación Patriótica y la Fundación Rafael
Leonidas Trujillo (2012) (Quiroz, 2013)
Referencias
Consejo Superior. (3 de Mayo de 1962). Ley 5880: Que
establece penas contra las alabanzas al pasado regimen tíranico y
antidemocríatico de Trujillo . Obtenido de https://bonoc.files.wordpress.com/2008/06/ley5880.pdf
Constitución Dominicana. (2010). Obtenido de
http://observatorioserviciospublicos.gob.do/baselegal/constitucion2010.pdf
Cruz Tejada, M. (10 de Noviembre de
2008). RD ha tenido cuatro presidentes extranjeros. Recuperado el 12
de Diciembre de 2017, de
https://www.diariolibre.com/noticias/rd-ha-tenido-cuatro-presidentes-extranjeros-GOdl176752
Diario Libre. (2017). Nieto del
dictador Rafael Leonidas Trujillo presenta su candidatura a la presidencia
del país. Obtenido de
http://www.revistadelcomercio.net/nieto-del-dictador-rafael-leonidas-trujillo-presenta-candidatura-la-presidencia-del-pais/
Quezada, D. (8 de Diciembre de 2017). ¿Aspiración
a la Presidencia de Ramfis Leonidas Trujillo es válida? Obtenido de http://www.elcaribe.com.do/2017/12/08/aspiracion-a-la-presidencia-de-ramfis-leonidas-trujillo-es-valida/
Quiroz, F. (2013). Harán cumplir la
ley que prohíbe elogiar a Trujillo. Obtenido de
https://www.listindiario.com/la-republica/2013/03/23/270600/haran-cumplir-la-ley-que-prohibe-elogiar-a-trujillo
[1]
Esto implica que, vistos los Art.123 y 124 de la constitución, tanto la
nacionalidad de nacimiento u origen te habilitan para las aspiraciones
presidenciales.
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